SANTO DOMINGO, República Dominicana.-
El presidente Danilo Medina sometió este miércoles ante el Congreso el
Proyecto Consolidación y Sostenibilidad Fiscal con algunas
modificaciones a la pieza original como resultado de haber atendido a
los reclamos de algunos sectores que serían gravados.
La pieza fue depositada por una comisión
que integraron los ministros de Economía Planificación y Desarrollo,
Temístocles Montás; Gustavo Montalvo, de la Presidencia; Guarocuya
Félix, de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); Simón
Lizardo, de Hacienda; el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, César
Pina Toribio y Luis Reyes, de Presupuesto.
Acto seguido, el presidente del Senado,
Reinando Pared Pérez, formó una comisión bicameral que él mismo
encabezará para analizar el proyecto junto a Abel Martínez, titular de
la Cámara de Diputados.
Impuesto Sobre la Renta
Se elimina la propuesta de gravar el salario de navidad con impuesto sobre la renta (ISR) a las personas físicas.
En lugar de proponer la eliminación de
la educación por gastos educativos para fines del ISR, el proyecto
limita la deducción hasta el equivalente al 25 por ciento del mínimo
exento del ISR, es decir, se podrá deducir hasta RD$100,000.00 de
deducción según el mínimo exento aplicado actualmente.
El proyecto contempla la reducción de la
tasa de impuestos sobre activos a 0.5% en el 2015 y la eliminación del
impuesto a partir del año 2016.
Impuestos al patrimonio
El proyecto propone implementar un
impuesto a los establecimientos de venta al por menor de mercancías que
no tributen en el régimen ordinario de RD$12,000.00 anuales, ajustados a
la inflación anualmente.
Impuestos Selectivos al Consumo (ISC)
Se procede a igualar en cinco años, en
lugar de tres años, el ISC específico por litro alcohol absoluto
aplicado a las bebidas alcohólicas.
Se elimina la propuesta de igualar el ISC específico de la gasolina Premium y el gasoil regular y Premium.
El proyecto contempla un aumento de
RD$2.0/ galón al ISC específico de las gasolinas y los gasoil, que se
destinará al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura vial y la
renovación del transporte público.
El proyecto aumenta gradualmente, en los
próximos tres años, el ISC específico a los cigarrillos y sus
manufacturas, hasta alcanzar una tasa efectiva de tributación de 70%.
Se mantiene la tasa del 130% de ISC a la
importación de tabaco para fumar de la partida 2403.11.00, en lugar de
reducirla a 20% como se planteó inicialmente.
Se mantiene la tasa de 130% de ISC a la
importación de tabaco para fumar de la partida 2403.11.00, en lugar de
reducirla a 20% como se planteó inicialmente.
Se elimina la propuesta de devolución del ISC sobre gasoil y gas natural a exportadores.
Se elimina la propuesta de gravar las bebidas no alcohólicas con ISC de 10%.
ITBIS
Se mantienen exentos del pago del ITBIS:
–Los bienes de la canasta básica (arroz, habichuelas, carnes, pollo, huevos, leche, frutas, vegetales, entre otros.)
–Los bienes de capital e insumos agropecuarios.
–Los materiales y servicios educativos
–Medicinas y servicios médicos.
–Servicios básicos y servicios financieros.
–Los combustibles
Se amplia la base imponible a café,
azúcar, aceites y grasas comestibles, yogur y chocolate, servicios de
entretenimiento y cuidado personal: a tasas de 8%, 11%, 13% y 16%, en
lugar de 10%, 12%, 14% y 16%, en el periodo 2013-2016, como
originalmente se contempló.
El proyecto de ley elimina la propuesta original que disponía el cobro del ITBIS de Proindustria en DGA.
Regímenes de Incentivos
El proyecto de ley elimina la exención
del Impuesto a la Propiedad e impuesto a la transferencia inmobiliaria
del sector turismo a todo adquiriente sin diferenciar entre residente y
no residente.
Se modifica la propuesta de gravar las
Zonas Francas Comerciales según el régimen general de ISR. En su lugar,
se propone que estas empresas tributen a tasa de 5% sobre ventas brutas
pero a ser pagados en DGII, en lugar de DGA.
Se incluye la propuesta que define a las
empresas clasificadas en regímenes de incentivos como agentes de
retención de los impuestos al consumo (ITBIS e ISC) cuando vendan bienes
y servicios al mercado local.
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